En auxilio y colaboración de las autoridades civiles, penales, administrativas, fiscales, agrarias y del trabajo, federales, estatales y municipales, y de cualquier persona que lo solicite, el Colegio de Traductores, Intérpretes y Peritos del Estado de Tabasco (CTIPET) proporciona peritos traductores-intérpretes en materia de lenguas extranjeras, lenguas originarias, lengua de señas mexicana y sistema braille.
Los peritos traductores-intérpretes de lenguas extranjeras, lenguas originarias, lengua de señas mexicana y sistema braille, que integran el Colegio de Traductores, Intérpretes y Peritos del Estado de Tabasco (CTIPET), prestan la función pública de peritaje en apoyo de las autoridades civiles, penales, administrativas, fiscales, agrarias y del trabajo, federales, estatales y municipales, y de cualquier persona que lo solicite, y actúan con profesionalismo, objetividad, imparcialidad y efectiva disponibilidad.
Los peritos traductores y/o peritos intérpretes del Colegio de Traductores, Intérpretes y Peritos del Estado de Tabasco prestan la función pública de peritaje en apoyo de la justicia federal, estatal y municipal, y actúan con profesionalismo, objetividad, imparcialidad y efectiva disponibilidad.
NOMBRE DEL TRÁMITE |
Solicitud de perito traductor-intérprete de lenguas extranjeras, lenguas originarias, lengua de señas mexicana y sistema braille. |
DESCRIPCIÓN DEL TRÁMITE |
Proporcionar el auxilio y colaboración de un perito traductor-intérprete de lenguas extranjeras, lenguas originarias, lengua de señas mexicana y sistema braille, a las autoridades civiles, penales, administrativas, fiscales, agrarias y del trabajo, federales, estatales y municipales, o a cualquier persona que lo solicite. |
¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS PARA REALIZARLO? |
1.- Oficio de solicitud dirigido al Director General del Colegio de Traductores, Intérpretes y Peritos del Estado de Tabasco expresando el requerimiento del perito traductor y/o perito intérprete, el procedimiento o asunto para el cual será asignado, así como la fecha en la cual será requerido. 2.- Copia de la credencial del INE de la persona solicitante y de la persona a quien se auxiliará con la traducción o interpretación. |
¿CUÁLES SON LOS PASOS PARA REALIZAR EL TRÁMITE? |
1.-Se entrega el oficio de solicitud y documentos requeridos en el Colegio de Traductores, Intérpretes y Peritos del Estado de Tabasco. 2.-El encargado de la Unidad de Peritos Intérpretes y Traductores recepcionará la documentación. 3.-Si el perito traductor y/o perito intérprete se requiere de manera inmediata se le asignará al momento. |
¿COSTO Y LUGAR DE PAGO? |
Niguno. |
¿DÓNDE PUEDO REALIZAR EL TRÁMITE Y EN QUÉ HORARIO? |
Colegio de Traductores, Intérpretes y Peritos del Estado de Tabasco (CTIPET). Tel. 9933-05-02-30 / 9932-71-02-80 contacto@traductorestabasco.org.mx |
TIEMPO DE RESPUESTA Y RESOLUCIÓN |
Al instante. |
¿QUIÉN PUEDE REALIZARLO? |
Cualquier autoridad civil, penal, administrativa, fiscal, agraria y del trabajo, federal, estatal, municipal, o cualquier persona que lo solicite. |
RESPONSABLE DEL TRÁMITE |
Dr. Obed Campos Solano. Colegio de Traductores, Intérpretes y Peritos del Estado de Tabasco (CTIPET). Tel. 9933-05-02-30 / 9932-71-02-80 contacto@traductorestabasco.org.mx |
FUNDAMENTO JURÍDICO EN MATERIA DE PERITOS TADUCTORES-INTÉRPRETES |
– Ley sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad para el Estado de Tabasco. – Ley de Derechos y Cultura Indígena del Estado de Tabasco. – Ley para Prevenir y Eliminar la Discriminación en el Estado de Tabasco. – Ley de Derechos Humanos del Estado de Tabasco. – Ley Orgánica de los Municipios del Estado de Tabasco. – Código Civil para el Estado de Tabasco. – Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Tabasco. – Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. – Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas. – Código Nacional de Procedimientos Penales. – Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad. – Ley Federal de la Cultura del Sordo. – Convención Interamericana de los Derechos Humanos. – Tratados Internacionales en materia de Derechos Humanos. |